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Suplemento de la Carta de Porte en México 2021

Carta Porte

El 1 de mayo de 2021, la administración tributaria mexicana (SAT) dio a conocer una de las actualizaciones más importantes del sistema de facturación electrónica del país desde 2017.

La actualización fue sobre el nuevo Suplemento de Carta de Porte (conocido localmente como Suplemento de Carta Porte) que se debe agregar como anexo a la factura electrónica (CFDI) de Traslado (CFDI de Traslado) o al CFDI de Ingresos que se emiten para los servicios de acarreo.

Este complemento se basa en lo dispuesto en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de México, y en la regla 2.7.1.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal. Los artículos del código fiscal otorgan a la administración tributaria la facultad de definir los documentos que se utilizarán para respaldar el transporte legal de mercancías dentro de ese país a través de reglas específicas. La regla mencionada describe los requisitos específicos del Suplemento de Carta Porte.

¿Por qué ha introducido México el suplemento de la Carta Porte?

La finalidad de hacer valer el uso del suplemento de Carta Porte, ya sea como anexo al CFDI de Transferencias o al CFDI de Ingresos, es asegurar la trazabilidad de los productos que se mueven dentro del territorio mexicano al exigir el suministro de información adicional sobre el origen, ubicación, destino preciso y rutas de transporte de los productos trasladados por carreteras, ferrocarril, agua o aire en México.

A partir de la entrada en vigor de este cambio, los transportistas de mercancías por carretera, ferrocarril, agua o aire deberán llevar en el vehículo una copia del Suplemento de Carta Porte que acredite el cumplimiento legal de este mandato.

¿Cuándo será obligatorio el suplemento y cuándo debe emitirse?

El nuevo suplemento de Carta Porte entró en vigor el 1 de junio de 2021, pero su uso será obligatorio a partir del 01 de diciembre de 2021, producto del plazo otorgado por la autoridad.

El transportista del producto deberá llevar consigo una copia del CFDI digital de Transferencia o del CFDI de Ingresos, debidamente validado ante el SAT a través del prestador de servicios de certificación (PAC) correspondiente. Las autoridades fiscales y de transporte realizarán verificaciones aleatorias en carreteras, aeropuertos, vías fluviales, estaciones de tren y otros medios de transporte, para garantizar el cumplimiento de este mandato.

Documentos que acompañan al suplemento de la Carta Porte

Si bien el suplemento de la Carta Porte proporciona información clara sobre el transporte de las mercancías que se trasladan, ese documento por sí solo no demuestra la condición de legalidad de las mercancías que se transportan. Ese estatus debe ser probado por quien está proporcionando el transporte, con los documentos correspondientes que demuestren el origen de esos productos transportados, tales como documentos de importación, CFDI de Pagos, registros y licencias, etc.

Sanciones y penalizaciones

- Decomiso de mercancías transportadas: La dirección de Vialidad y Transporte realiza verificaciones aleatorias de las merncacías que se transportan por las vías públicas en México. En caso de que los vehículo que transportan mercancías no cuenten con la documentación adecuada que acredite la legalidad del transporte y la procedencia de las mismas, la autoridad procederá a su decomiso hasta que cumplan con estos requisitos.

- Multas: Tanto la empresa de transporte como el propietario de la mercancía será objeto de multas por parte del SAT. En este caso, las sanciones se aplicarán en proporción a la gravedad de la infracción. La mayoría de las infracciones están contenidas en los artículos 84 y 85 del código Fiscal de la Federación y en el Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal. Además de esto, la autoridad de transporte puede suspender o cancelar los permisos de conducción de la empresa transportista.

- IVA no deducible: Cuando el CFDI de Ingresos no cuente con el complemento de Carta Porte correspondiente, el IVA cobrado por la empresa transportista no será deducible para el propietario de la mercancía transportada.

Para cualquier consulta no dude en contactarnos para poder estar listo el 1 de diciembre 2021.

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